web3 regulación
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La regulación sobre la Web 3 es urgente y requiere instituciones adaptadas 

Durante los últimos días se ha lanzado el debate sobre la necesidad de que los reguladores se tomen en serio la Web 3 y que dicha regulación se lleve a cabo por instituciones adaptadas. Véase, por ejemplo, el post de Tomicha Tillemann y James Rathmell en CoinDesk. Los autores reclaman tal regulación argumentando tanto el gran peso de los actores presentes en el asunto –grandes tecnológicas, grandes bancos- como de la función protectora que ha de tener la regulación. En este caso, la protección de unos ciudadanos que se mueven cada vez más en los ecosistemas de los criptoactivos.

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Regulación Web 3

Ahora bien, además de la urgencia de tales reglamentaciones y teniendo en cuenta las potenciales consecuencias beneficiosas de la criptoeconomía sobre el conjunto de la economía, se plantea la duda de si las actuales instituciones reguladoras pueden llevar a cabo la regulación de un mundo totalmente diferente, que no existía cuando fueron creadas, y del que, además, se encuentran en las antípodas en muchos aspectos. ¿Habría que crear, entonces, otras instituciones reguladoras para que, a su vez, produjeran una mejor, más sopesada y más adecuada regulación?

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Cuando empiezas a estudiar Derecho, una de las materias con la que te sumergían en el campo es Filosofía del Derecho. Y, con ella, en alguna de las fundamentaciones de esta área de conocimiento. Aunque, entre ellas, pudieran existir aparentes contradicciones lógicas. Una de las clásicas: no existe sociedad sin derecho. Se trata del proverbio atribuido a Cicerón: Ubi homo ibi societas, ubi societas ibi ius. Pero, a su vez, esta sintonía entre regulación y sociedad es puesta entre paréntesis bajo otras formulaciones. Como aquella que evidencia que el cambio en las leyes sigue, por detrás, al cambio en las sociedades. Algo que podría subrayarse con: el cambio en las leyes sigue, pero muy detrás, a los cambios en la economia, y va a paso de tortuga con respecto a las innovaciones tecnológicas.

Regulación de los criptoactivos

Con respecto a la regulación de los criptoactivos, las regulaciones llevan aproximadamente un decenio de desacompasamiento. Si se crean nuevas instituciones reguladoras de este nuevo campo, es muy posible que el tiempo que se exija para la toma de decisiones sobre sus características, sus fines, su forma de funcionamiento, los perfiles de sus componentes, su organización, el alcance de sus decisiones, etc. llevase el retraso acumulado mucho más allá. Mientras tanto, la acelerada liebre de las criptomonedas correría denodadamente. Ahora bien, si somos fieles a la moraleja de la fábula de la tortuga y la liebre, es mejor ir lento pero a paso firme y seguro.

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Filosofía del Derecho era la asignatura que, junto a Historia del Derecho, la que más me gustaba. Algo raro, pues a la mayoría le gustaba eso que llamaban materias “más prácticas”. A mí me parecía que justamente las más prácticas eran mis preferidas.

Conceptos como dinero o valor

Todavía sigo pensando que no hay nada más práctico que un conocimiento de la historia y las transformaciones en un campo o una buena teoría. Pero seguramente estoy equivocado, aun cuando siga creyendo que hasta que los reguladores no tengan una clara concepción de lo que significan conceptos como dinero o valor, con sus transformaciones a lo largo de la historia, que permita alejarse del ruido del presente (fiscalidad de las criptomonedas, financiación del delito, etc.), difícilmente van a entender el significado de Blockchain, con las criptomonedas en particular y los criptoactivos en general en el centro del foco.

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Cuando algo es urgente y, a la vez, requiere tiempo, se tiene un problema práctico de relevancia. Ya no se trata de una contradicción lógica, pues en la práctica y menos aún en la práctica política no hay contradicciones.

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Javier Callejo
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