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La EBA pide ampliar MiCA a préstamos cripto y protocolos DeFi

La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha pedido a la Comisión Europea que considere regular los préstamos de criptoactivos, incluidos los casos en los que los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) facilitan el acceso a protocolos descentralizados de préstamos. La propuesta forma parte de las prioridades identificadas por la autoridad para la revisión del Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos (MiCA).

La EBA publicó hoy, 24 de septiembre, su respuesta a la consulta específica de la Comisión Europea sobre la revisión de MiCA. La autoridad considera que, aunque el reglamento ha establecido un marco regulatorio integral para las actividades con criptoactivos en la Unión Europea, el sector continúa evolucionando con la aparición de nuevos productos, servicios y modelos de negocio.

Entre las cuestiones analizadas se encuentran el alcance y las definiciones de MiCA, los requisitos aplicables a los tokens referenciados a activos (ART) y los tokens de dinero electrónico (EMT), los grupos multifuncionales, la interacción de MiCA con PSD2, PSD3 y PSR y actividades que actualmente quedan fuera del reglamento, como los préstamos y empréstitos de criptoactivos y los depósitos tokenizados.

Préstamos cripto y protocolos DeFi

La EBA recomienda a la Comisión Europea considerar la regulación de los préstamos de criptoactivos debido a los riesgos que, según la autoridad, plantean para los consumidores. La recomendación incluye los casos en los que los proveedores de servicios de criptoactivos facilitan el acceso a protocolos descentralizados de préstamos. La EBA incluye los préstamos y empréstitos de criptoactivos entre las áreas que actualmente se encuentran fuera del alcance de MiCA.

Stablecoins multiemisor

La autoridad también se pronuncia sobre la regulación de los tokens referenciados a activos (ART) y los tokens de dinero electrónico (EMT). La EBA considera que los requisitos actuales de MiCA para sus emisores son, en términos generales, adecuados. Sin embargo, recomienda estudiar cambios regulatorios para los esquemas multiemisores de terceros países, debido a los riesgos significativos o muy significativos que, según la autoridad, pueden plantear.

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También propone revisar los requisitos de reserva de los emisores, especialmente el importe mínimo de las reservas que debe mantenerse como depósitos, sin comprometer la eficacia de la gestión de riesgos.

La EBA pide aclarar qué criptoactivos están sujetos a MiCA

Otra de las prioridades identificadas es la clasificación de los criptoactivos. La EBA considera que la clasificación bajo MiCA plantea dificultades tanto para la industria como para los supervisores y que esta situación genera costes y retrasos evitables para las empresas en el lanzamiento de productos. Según la autoridad, estos problemas pueden frenar la innovación y perjudicar la competitividad del mercado de la Unión Europea. Por ello, recomienda a la Comisión considerar una aclaración del alcance y las definiciones de MiCA.

La revisión incluye también la frontera entre MiCA y otras normas europeas de servicios financieros, como la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID) y la Directiva sobre Requisitos de Capital (CRD).

Depósitos tokenizados

Los depósitos tokenizados también aparecen en la respuesta de la EBA, aunque la autoridad no formula en la nota de prensa la misma recomendación específica de regulación que realiza para los préstamos de criptoactivos. La EBA los incluye entre las áreas políticas que actualmente se encuentran más allá del alcance de MiCA y que forman parte de las cuestiones examinadas en su respuesta a la Comisión Europea.

La autoridad también analiza la interacción entre MiCA y PSD2, PSD3 y PSR y recomienda revisar el marco de información aplicable a emisores y proveedores de servicios de criptoactivos para apoyar la supervisión y el control de riesgos.

39 EMT y ningún ART autorizado

La EBA aporta además datos sobre la aplicación de MiCA. A 1 de septiembre de 2026, fecha de referencia utilizada para elaborar su respuesta, se habían emitido 39 tokens de dinero electrónico (EMT) bajo MiCA y no se había autorizado ningún token referenciado a activos (ART). MiCA entró en vigor el 30 de diciembre de 2024, mientras que los requisitos correspondientes a ART y EMT comenzaron a aplicarse el 30 de junio de 2024.

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