Aragón ha demostrado que las propiedades inherentes a la tecnología blockchain pueden mejorar la contratación pública electrónica mediante su automatización. De momento, lo puede lograr en los procedimientos que no es preciso un juicio de valor. Así, puede aplicarse en el procedimiento abierto simplificado a través de huella electrónica gestionada con blockchain. Algo que puede hacerse al amparo del artículo 41 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. También, bajo la cobertura del artículo 159.6.d) de la Ley de Contratos del Sector Público.
Aragón, blockchain y contratación pública
La Comunidad de Aragón es un ejemplo en la adjudicación de contratos públicos y tecnología blockchain. Esta Comunidad es pionera en el uso de blockchain en la Administración Pública. Véase, así, la reciente aprobación de la Ley 1/2021, de Simplificación Administrativa. Su caso de éxito consiste en el registro y valoración de ofertas del procedimiento abierto simplificado. Pues bien, para su automatización, emplea blockchain. Caso que ha convertido a la administración autonómica aragonesa en referencia.
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Aragón cumplió con su obligación de poner en marcha la contratación pública electrónica. Lo ha hecho garantizando mayor transparencia y un considerable aumento de eficiencia. Por ello, el World Economic Forum la utilizó de ejemplo de lucha contra la corrupción en la contratación pública.
Transformación digital
Los distintos documentos e instrumentos puestos en marcha por la UE como respuesta a la pandemia han puesto en el centro el objetivo de la transformación digital. Así, puede observarse en la resolución del Parlamento Europeo, de 3 de octubre de 2018 . Una resolución que tiene su continuidad en la 20 de octubre de 2020. Ambas ponen de relieve que la Unión Europea se encamina hacia un futuro digital. Además, la pandemia ha subrayado la necesidad de acometer una transformación digital en el sector público, teniendo como objetivo final el mayor bienestar de sus ciudadanos.
La Ley 9/2017 introdujo la obligación de la contratación pública electrónica. Con su entrada en vigor, esta Ley Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre, supone un paso irreversible. Se trata de una normativa derivada de la transposición al ordenamiento jurídico español de directivas europeas. En especial, de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE.
Combatir la corrupción y obtener mayor eficiencia
El paso a la contratación pública electrónica solo supone la digitalización de los procedimientos anteriores. Siendo un paso importante es, a todas luces, aún insuficiente. Insuficiente para paliar la corrupción en algunos lugares de la Administración. También insuficiente para simplificar al máximo algunos trámites. Por lo tanto, también insuficiente para obtener la máxima eficiencia. No obstante, consigue caminar hacia tales horizontes.
El caso de éxito de Aragón debería ser un espejo donde mirarse. Además, es un motivo más para defender la necesidad de disponer de una auténtica validación jurídica del desarrollo y uso de blockchain.