España adelanta seis meses la aplicación MiCA
España adelanta seis meses la aplicación MiCA

España adelanta seis meses la aplicación MiCA para criptoactivos

España ha adelantado seis meses la aplicación del Reglamento Europeo sobre el mercado de criptoactivos (MiCA), para poder ponerlo en marcha en diciembre de 2025. El gobierno ha indicado que el objetivo es poder ofrecer seguridad jurídica y proteger a los inversores con un marco regulatorio estable. Nadia Calviño, vicepresidenta primera en funciones, informó del adelanto a la presidenta de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), Verena Ross.

España MiCA

El  Reglamento europeo es la primera norma internacional que regula el mercado de criptoactivos, introduciendo obligaciones tanto para los emisores como para los proveedores de servicios de criptoactivos. Una vez publicado el reglamento MiCA, los estados miembros tienen que tomar una decisión sobre el periodo de aplicación de la norma en cada país. De no tomarse ninguna decisión, dicho reglamento se aplicaría a partir de julio de 2026 en lo que respecta a los proveedores de servicios de criptoactivos, con un periodo transitorio de 36 meses.

Con la decisión de España, habrá un periodo transitorio de 18 meses, desde la publicación del reglamento en junio. Durante dicho periodo, ESMA y EBA aprobarán normas técnicas de desarrollo de MiCA. Tras un periodo de un año, la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España (CNMV), podrá empezar a autorizar a las empresas que deseen ofrecer servicios de criptoactivos, acortando así el periodo total en seis meses.

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El gobierno de España indica que la decisión está en sintonía con la petición que viene realizando la ESMA a los estados miembros. De este modo, la CNMV podrá iniciar la supervisión antes, lo que dará seguridad jurídica a los inversores españoles, afirma el ejecutivo español.

MiCA

MiCA establece obligaciones tanto para los emisores como para los proveedores de servicios de criptoactivos. Estos últimos deberán ser personas jurídicas autorizadas, presentar un white paper y someterse a una serie de normas de gobierno corporativo y de protección al inversor. También se introducen normas específicas para mitigar el riesgo de liquidez existente en este tipo de criptoactivos y para evitar que se conviertan en un medio de pago ampliamente aceptado. Para el caso de los emisores de criptoactivos, las normas de MiCA serán aplicables a partir del 30 de junio de 2024.

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Por otra parte, los proveedores de servicios de criptoactivos (custodia, plataformas de intercambio, asesoramiento), deben ser autorizadas por la CNMV.

Fuera del ámbito MiCA

Quedan fuera del ámbito de aplicación de MiCA, los criptoactivos cubiertos por la legislación actual (criptoactivos que tengan la consideración de instrumento financiero, depósito, etc). Los tokens no fungibles (NFTs) y la emisión de aquellos criptoactivos generados de forma descentralizada (como bitcoin), también quedan fuera del ámbito MiCa. Aunque su negociación en una plataforma sí que estará  regulada bajo MiCA. Asimismo, MiCA no incluye aspectos relacionados con las finanzas descentralizadas (DeFi), como los préstamos descentralizados.

España designó a la CNMV y al Banco de España como los entes competentes para la aplicación de MiCA en la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, publicada en marzo de 2023. ESMA trabaja en la actualidad en el desarrollo de las normas técnicas que deberán cumplir los exchanges de criptomonedas en la zona Euro.

 

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