La Autoridad del Mercado Financiero de Austria (FMA) ha impuesto una multa de 70.000 euros a Bitpanda por varios incumplimientos del Reglamento europeo de Mercados de Criptoactivos (MiCA) relacionados con la publicación de un white paper y las comunicaciones comerciales vinculadas a un criptoactivo.
Multa a Bitpanda por incumplimientos de Mica
El supervisor publicó la resolución el 14 de agosto y confirmó que ya es firme. El caso constituye la primera resolución sancionadora firme bajo MiCA que la FMA austríaca hace pública, aunque el propio organismo precisa que esta circunstancia no confiere ninguna consideración especial a Bitpanda ni a las infracciones detectadas.
La sanción no afecta, según la información publicada por la FMA, a la autorización de Bitpanda como proveedor de servicios de criptoactivos (CASP), que el propio supervisor concedió a la compañía en abril de 2025. La primera infracción afecta al plazo establecido por MiCA para comunicar determinados white papers de criptoactivos.
Según la FMA, Bitpanda no remitió el documento al supervisor al menos 20 días laborables antes de su publicación, como exige el artículo 8 de MiCA.
El incumplimiento señalado por la autoridad afecta, por tanto, al procedimiento y al calendario de notificación del documento. La FMA no afirma en su resolución pública que hubiese rechazado el contenido del white paper. Esta diferencia resulta importante porque, para esta categoría de criptoactivos, MiCA establece un sistema de notificación, no una aprobación previa convencional del documento por parte de la autoridad.
White paper y marketing
La FMA detectó además incumplimientos relacionados con las comunicaciones comerciales. Bitpanda difundió una comunicación de marketing antes de publicar el white paper exigido, incumpliendo el artículo 7 de MiCA.
En otra comunicación comercial faltaban varios elementos obligatorios. Bitpanda no incluyó la advertencia de que el material no había sido revisado ni aprobado por ninguna autoridad competente de la Unión Europea y de que el oferente asumía la responsabilidad sobre su contenido. También faltaban un número de teléfono y una dirección de correo electrónico.
La sanción se refiere, por tanto, a obligaciones concretas de transparencia, documentación y marketing contempladas en MiCA, no a custodia de fondos, solvencia o seguridad de los activos de los clientes.
Bitpanda ha restado importancia a los incumplimientos, asegurando que las observaciones del regulador estaban relacionadas exclusivamente con el calendario y determinados requisitos formales en torno a la publicación del white paper y un documento informativo asociado. La resolución de la FMA establece que existieron incumplimientos de los artículos 7 y 8 de MiCA y que la multa de 70.000 euros es firme.
Cumplir reglas de Mica
La FMA concedió a Bitpanda GmbH la autorización como proveedor de servicios de criptoactivos el 9 de abril de 2025. La licencia abarca, entre otros servicios, custodia y administración de criptoactivos, intercambio por dinero, intercambio entre criptoactivos, ejecución y transmisión de órdenes y servicios de transferencia.
La multa demuestra que disponer de autorización MiCA no supone haber superado definitivamente el examen regulatorio. Las compañías deben cumplir después las reglas relativas a cada producto, documento y comunicación comercial que sometan al mercado. En el caso de Bitpanda, la FMA sanciona incumplimientos concretos relacionados con un white paper y su marketing.

