Lo que cambia con Clarity, la nueva ley cripto de Estados Unidos
Lo que cambia con Clarity, la nueva ley cripto de Estados Unidos

Lo que cambia con Clarity, la nueva ley cripto de Estados Unidos

El Comité Bancario del Senado de Estados Unidos publicó ayer el borrador completo de la nueva Digital Asset Market Clarity Act, la ley que reorganiza gran parte de la regulación de los activos digitales en el país. El texto, impulsado por el presidente del comité, el senador republicano Tim Scott, plantea nuevos marcos regulatorios para activos digitales, stablecoins, tokenización, finanzas descentralizadas y actividades blockchain dentro del sistema financiero estadounidense.

La propuesta redefine parte de las competencias de la SEC y la CFTC y establece nuevas categorías regulatorias para determinados activos digitales, además de introducir normas sobre stablecoins, DeFi, NFTs, autocustodia y tokenización de securities.

Los tokens pasan a ser «ancillary assets»

Uno de los cambios más importantes aparece en las secciones 102 y 103 del documento, donde el borrador introduce el concepto de ancillary assets, definidos como tokens cuyo valor depende de esfuerzos empresariales o de gestión.

El texto establece una presunción según la cual un token será considerado ancillary asset salvo que el emisor o un intermediario demuestre ante la SEC que no lo es. La propuesta también señala que estos tokens serán tratados como commodities digitales y no como securities tradicionales a efectos del régimen planteado por la ley.

Además, el borrador crea un nuevo régimen denominado Regulation Crypto, que permitiría a determinadas compañías recaudar fondos sin cumplir todas las exigencias regulatorias aplicables a empresas cotizadas tradicionales.

Según el texto, las empresas podrían captar hasta 50 millones de dólares anuales durante cuatro años o hasta el 10% del valor total de los ancillary assets en circulación. El límite agregado máximo sería de 200 millones de dólares. La propuesta también permite que emisores o intermediarios certifiquen que los esfuerzos empresariales o de gestión han terminado, lo que eliminaría determinadas obligaciones de divulgación ante la SEC.

En la práctica, el borrador busca facilitar que las empresas cripto puedan emitir tokens y recaudar grandes cantidades de dinero con menos controles regulatorios que los mercados financieros tradicionales, limitando además la capacidad de la SEC para considerar estos activos como valores bursátiles y supervisarlos como si fueran acciones de empresas. Los ancillary assets funcionarían así como una nueva categoría legal para muchos tokens cripto: activos digitales vinculados al desarrollo de un proyecto o empresa, pero sin ser tratados automáticamente como valores financieros tradicionales bajo la supervisión de la SEC.

Restricciones para insiders y reconocimiento parcial de DAOs

La sección 104 introduce límites a la reventa pública de ancillary assets por parte de insiders durante periodos de doce meses. El objetivo es reducir riesgos de manipulación de mercado, insider trading y ventas masivas que puedan afectar al precio de los tokens.

La propuesta también aclara que los sistemas de gobernanza descentralizada, incluidas las DAOs, no serán tratados automáticamente como una única persona o grupo bajo control común. Asimismo, señala que determinadas medidas de emergencia en materia de ciberseguridad no constituyen necesariamente una forma de control coordinado sobre una red blockchain.

Esta sección intenta responder a algunas de las principales críticas históricas del mercado cripto, especialmente las relacionadas con manipulación de precios, ventas masivas por parte de insiders y dudas regulatorias sobre quién controla realmente las redes descentralizadas. El borrador busca así ofrecer un marco más claro para DAOs y proyectos blockchain, diferenciando entre coordinación legítima de seguridad y control efectivo de una red.

Bitcoin y Ethereum

La sección 105 establece que la SEC no podrá considerar security a un activo digital si un tribunal estadounidense ya determinó previamente, mediante sentencia firme, que dicho activo no constituye un valor financiero. Aunque el texto no menciona expresamente a Bitcoin ni a Ethereum, varias disposiciones podrían interpretarse como una protección indirecta para ambos activos, especialmente porque Bitcoin ha sido tratado durante años por reguladores estadounidenses como una commodity y Ethereum ha estado en el centro de múltiples debates regulatorios y judiciales sobre su naturaleza jurídica.

En la práctica, la propuesta busca limitar la capacidad de la SEC para reabrir o reinterpretar determinadas clasificaciones legales de activos digitales una vez que existan precedentes judiciales firmes, algo que la industria considera clave para reducir la incertidumbre regulatoria en torno a criptomonedas ampliamente adoptadas.

La propuesta también obliga a la SEC a actualizar sus normas para permitir registros y sistemas de books and records basados en tecnologías de registro distribuido, abriendo la puerta a una mayor integración de infraestructuras blockchain en procesos regulatorios, administrativos y financieros tradicionales.

Stablecoins: bancos sí, intereses no

El Título IV del borrador aborda la relación entre banca y activos digitales. La propuesta modifica diversas leyes bancarias estadounidenses para aclarar que bancos nacionales, financial holding companies, bancos estatales y determinadas cooperativas de crédito pueden utilizar activos digitales y tecnología blockchain para actividades que ya tienen autorizadas, como pagos, préstamos, custodia o trading.

Sin embargo, la sección 404 prohíbe que determinados proveedores de servicios de activos digitales paguen intereses o rendimientos pasivos sobre stablecoins de pago mantenidas por clientes estadounidenses. El texto sí permite recompensas vinculadas a actividad o transacciones bajo futuras reglas conjuntas de SEC, CFTC y Tesoro.

La gran banca europea exige a la UE desbloquear los mercados financieros blockchain.

Además, la sección 304 obliga al Tesoro a elaborar informes periódicos sobre stablecoins offshore respaldadas por bonos del Tesoro estadounidense y utilizadas a gran escala, evaluando riesgos relacionados con financiación ilícita y vínculos con el sistema financiero estadounidense.

DeFi, marco regulatorio específico

El Título III introduce normas específicas para protocolos DeFi y trata de aclarar uno de los grandes vacíos regulatorios del sector: cuándo una plataforma verdaderamente descentralizada asume responsabilidad legal por sus operaciones. La propuesta define en qué casos un protocolo DeFi pierde su carácter descentralizado, centrándose en cuestiones como el control efectivo, la discrecionalidad sobre las operaciones o la capacidad de modificar unilateralmente el funcionamiento del protocolo.

El texto también aclara que la regulación no clasificará automáticamente como entidades controladoras de un protocolo a validadores, nodos, relayers y determinada infraestructura blockchain, siempre que ningún actor ejerza un control unilateral efectivo sobre la red o el sistema.

Además, el Tesoro deberá desarrollar orientaciones AML/CFT para determinados front ends o interfaces web utilizadas para interactuar con protocolos DeFi, intentando responder a las crecientes preocupaciones de los reguladores sobre lavado de dinero, sanciones internacionales y financiación ilícita en aplicaciones descentralizadas. La propuesta también crea un programa voluntario de ciberseguridad gestionado por NIST para protocolos DeFi, incluyendo estándares de auditoría, transparencia y buenas prácticas de seguridad.

En la práctica, el borrador intenta resolver uno de los principales problemas regulatorios de DeFi: la dificultad de determinar quién controla realmente estos protocolos y quién debe asumir responsabilidades legales, sin bloquear al mismo tiempo el funcionamiento técnico de redes descentralizadas ni criminalizar automáticamente a desarrolladores o infraestructuras blockchain.

Protección para desarrolladores blockchain

La sección 601 establece protecciones legales para desarrolladores de software, validadores y participantes de redes descentralizadas cuando sus actividades se limiten al desarrollo tecnológico, la validación computacional de transacciones o el mantenimiento de infraestructura blockchain.

El objetivo es evitar que las autoridades traten a actores puramente técnicos como operadores de servicios financieros tradicionales simplemente por contribuir al funcionamiento de una red descentralizada.

La ley también busca impedir que las autoridades clasifiquen automáticamente como transmisores de dinero (money transmitters) a determinados desarrolladores, operadores de nodos, proveedores de wallets o infraestructuras blockchain bajo la legislación

En la práctica, la propuesta intenta evitar casos como los de desarrolladores perseguidos judicialmente o incluso encarcelados por la utilización ilícita que terceros hayan hecho de software abierto creado por ellos, un debate que ha marcado los últimos años en torno a herramientas de privacidad y protocolos descentralizados en el ecosistema cripto.

Tokenización y sandbox regulatorio

La sección 505 aborda específicamente la tokenización de valores financieros, uno de los ámbitos donde Wall Street y la industria blockchain están convergiendo con mayor rapidez. El texto deja claro que la regulación seguirá tratando como securities a los valores tokenizados, como acciones, bonos o fondos emitidos sobre blockchain, incluso cuando utilicen infraestructura blockchain o formatos digitales.

Además, la propuesta obliga a la SEC a estudiar cuestiones relacionadas con la custodia, la coordinación regulatoria, la protección al inversor y el tratamiento transfronterizo de estos activos tokenizados, intentando preparar un marco legal para la futura integración de mercados financieros tradicionales y tecnología blockchain.

La ley también crea un micro-innovation sandbox entre la SEC y la CFTC para permitir pruebas regulatorias controladas de nuevos productos financieros y tecnologías blockchain. En la práctica, este mecanismo funcionaría como un entorno experimental supervisado donde empresas y desarrolladores podrían probar innovaciones financieras sin tener que cumplir desde el inicio todas las exigencias regulatorias tradicionales.

Protección de autocustodia y wallets privadas

La sección 605, denominada Keep Your Coins Act, establece que las agencias federales no podrán prohibir, restringir o impedir el uso de wallets autocustodiadas para almacenar activos digitales, reforzando así el derecho de los usuarios a mantener el control directo sobre sus criptomonedas sin necesidad de intermediarios.

Al mismo tiempo, el texto preserva las competencias existentes del Tesoro, la SEC, la CFTC y otras agencias federales en materia de sanciones, blanqueo de capitales, financiación del terrorismo y cumplimiento normativo. La propuesta también crea un safe harbor para los NFTs. En términos prácticos, esto significa que los tokens no fungibles quedarían fuera de las leyes de valores y de la supervisión de la SEC salvo que funcionen explícitamente como contratos de inversión o productos financieros.

El texto además ordena la realización de estudios sobre mixers y tumblers utilizados en actividades ilícitas, incluyendo análisis sobre riesgos de lavado de dinero, exposición bancaria y enfoques regulatorios internacionales.

Por otro lado, la sección 205 crea un marco federal para los cajeros automáticos de criptomonedas, incorporando medidas antifraude, límites de transacción para nuevos clientes y obligaciones de atención al cliente para los operadores de estas máquinas.

Coordinación SEC-CFTC y entrada en vigor

El borrador crea un comité asesor conjunto entre la SEC y la CFTC para coordinar cuestiones relacionadas con los activos digitales, incluyendo supervisión, enforcement e intercambio de información entre ambos reguladores.

El texto también concede a las agencias federales un plazo general de un año para desarrollar las normas necesarias que permitan implementar la ley mediante procesos de rulemaking. Según el texto, la entrada en vigor general se produciría 360 días después de la aprobación de la ley, aunque determinadas disposiciones no serían aplicables hasta que los reguladores publiquen las reglas definitivas correspondientes.

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