La era en la que las operaciones con criptomonedas podían permanecer prácticamente invisibles para las autoridades fiscales está llegando a su fin. Así lo sostiene el informe Global Crypto Tax Report 2025, elaborado por Coincub, que analiza cómo están gravando los países los criptoactivos y cómo evoluciona la fiscalidad internacional en este ámbito.
El estudio concluye que el cambio más importante no es una convergencia global de los tipos impositivos, sino la creación de una nueva infraestructura internacional de información fiscal que permitirá a las administraciones tributarias vincular de forma fiable las operaciones con criptomonedas con contribuyentes identificables, incluso a través de fronteras.
En los 27 estados miembros
Este cambio está impulsado principalmente por el Marco de Información sobre Criptoactivos (CARF) de la OCDE y por nuevas obligaciones nacionales de reporte, como el formulario 1099-DA en Estados Unidos. Estos sistemas permitirán recopilar información sistemática sobre tenencias y transacciones de criptomonedas de usuarios identificados, algo que hasta ahora no existía a gran escala.
Según el informe, 75 jurisdicciones ya se han comprometido a aplicar el CARF. De ellas, 48 comenzarán el intercambio de información en 2027 y otras 27 lo harán en 2028, mientras que Estados Unidos prevé integrarse plenamente en el sistema en 2029. En paralelo, la Unión Europea aplicará a partir del 1 de enero de 2026 la directiva DAC8, que obliga a reportar información sobre criptoactivos en los 27 Estados miembros.
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Este nuevo marco implica que la información fiscal dejará de ser un aspecto secundario para las plataformas y proveedores de servicios cripto y pasará a convertirse en un elemento estructural de su actividad. La presentación de informes, señala el estudio, se está convirtiendo en el principal factor disruptivo del sector.
Desigual entre países
Aunque el régimen fiscal de las criptomonedas sigue siendo muy desigual entre países, el informe identifica tres grandes modelos. Un primer grupo mantiene regímenes de impuestos nulos o casi nulos, especialmente en jurisdicciones del Golfo, algunas partes del Caribe y determinadas economías latinoamericanas. Un segundo grupo, el más extendido, grava las criptomonedas como cualquier otro activo financiero, con tipos generalmente situados entre el 19% y el 30%. Finalmente, existe un grupo de países que integra las ganancias cripto en el impuesto progresivo sobre la renta, lo que puede elevar la carga fiscal por encima del 50%.
El promedio global se sitúa actualmente en torno al 11% para las ganancias a largo plazo y el 17% para las operaciones a corto plazo, aunque las diferencias entre países siguen siendo amplias.
En Europa predominan los regímenes de tipo fijo de nivel medio. Polonia aplica un 19%, Italia un 26%, Austria un 27,5% y Francia y Suecia alcanzan el 30%. España también ha incorporado recientemente un tramo superior del 30% para las ganancias más elevadas.
En el extremo opuesto, algunos países siguen ofreciendo incentivos fiscales vinculados a la tenencia prolongada de criptoactivos. Alemania y Portugal eliminan el impuesto después de un año de posesión, Croacia lo hace tras dos años, Luxemburgo tras seis meses y Eslovaquia reduce la tributación al 7% después de doce meses.
Avance de la regulación
El informe también destaca varios cambios recientes en la fiscalidad internacional del sector. Entre 2024 y 2025, el Reino Unido elevó el impuesto sobre ganancias de capital al 18% y al 24%, Brasil estableció un gravamen cercano al 15% para las operaciones con criptomonedas e Indonesia duplicó su impuesto comercial hasta el 0,21%.
En paralelo, varios mercados emergentes han comenzado a formalizar sus marcos fiscales. Nigeria introdujo un impuesto sobre ganancias de capital del 10%, Albania estableció un 15% y Filipinas aplica un 15% además del IVA y del impuesto sobre la renta en determinadas actividades relacionadas.
A pesar del avance de la regulación, todavía existen jurisdicciones donde las criptomonedas no tributan. Entre los territorios que mantienen regímenes fiscales de tipo cero figuran El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Singapur, Suiza, Puerto Rico, Panamá, Bahréin, Bermudas o las Islas Caimán. No obstante, muchas de estas jurisdicciones participan ya en sistemas de intercambio internacional de información, por lo que una tributación nula ya no implica ausencia de control fiscal.
Criptomonedas prohibidas
El informe también recuerda que en algunos países la actividad con criptomonedas está directamente prohibida. Argelia penaliza la posesión, la minería y el comercio de criptoactivos con multas y penas de prisión, mientras que China ha cerrado la mayor parte del comercio y la minería legales. Bangladesh, Vietnam, Marruecos o Libia mantienen también restricciones severas.
En estos casos, señala el estudio, el impuesto sobre las ganancias de criptomonedas sería en teoría del 0%, pero en la práctica la propia actividad constituye un delito.
Aun así, los usuarios de estas jurisdicciones siguen apareciendo en los datos globales de blockchain y en plataformas centralizadas que les prestan servicios indirectamente. A medida que se implanten sistemas de reporte como el CARF, estas operaciones acabarán interactuando con los regímenes fiscales de otros países, especialmente allí donde finalmente se canalicen las transacciones.

