La fiscalidad de los NFT como coleccionables en EEUU: 28%
La fiscalidad de los NFT como coleccionables en EEUU: 28%

La fiscalidad de los NFT como coleccionables en EEUU: 28%

El departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) de EEUU solicitó recientemente comentarios sobre nuevos planes para tratar los NFT como coleccionables desde el punto de vista de la fiscalidad. De de esta manera, tributarían mayores impuestos, ya que el impuesto a las ganancias netas de capital por la venta de artículos coleccionables con fines de lucro puede llegar hasta el 28 % para las personas con mayores ingresos. La solicitud se ha realizado a través de Notice 2023-27

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En cambio, los impuestos a las ganancias de capital sobre valores y otros bienes oscilan entre el 15% y el 20%. La intención es emitir una guía relacionada con el tratamiento de ciertos NFTs como coleccionables bajo la sección 408 del Código de Impuestos Internos. Este tratamiento también es relevante para otros de su fiscalidad, incluida la tasa del impuesto sobre las ganancias de capital a largo plazo.

Fiscalidad NFT

Un NFT es un identificador digital único que se registra utilizando tecnología de registro distribuido y puede usarse para certificar la autenticidad y la propiedad de un derecho o activo asociado. La propiedad de un NFT puede otorgar al titular un derecho  respecto a un archivo digital, como una imagen digital, música digital, una tarjeta de intercambio digital o un hecho deportivo digital, que normalmente es independiente del NFT.

Alternativamente, la propiedad de un NFT puede otorgar al titular un derecho con respecto a un activo que no es un archivo digital. Como el derecho a asistir a un evento con entrada o certificar la propiedad de un artículo físico. El derecho que proporciona un NFT o la propiedad de un activo que certifica un NFT se denomina derecho o activo asociado del NFT.

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La tecnología de registros distribuidos, como la tecnología blockchain, utiliza sistemas digitales independientes para registrar, compartir y sincronizar transacciones, cuyos detalles son grabados simultáneamente en varios nodos de una red. Un token es una entrada de datos codificados en un libro mayor distribuido. Se puede usar un libro mayor distribuido para identificar la propiedad tanto de tokens fungibles, criptomonedas o NFTs.

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En las seccion 408 de dicho Código se determina que «coleccionable» es cualquier obra de arte, alfombra o antigüedad, metal o gema, sello o moneda, bebida alcohólica, o cualquier otra propiedad personal tangible especificada por el Secretario para los fines de este inciso.

A la espera de la emisión de una guía definitiva sobre el asunto, el IRS tiene la intención de determinar si un NFT constituye un coleccionable. Bajo el análisis de revisión, un NFT constituye un artículo coleccionable si el derecho o activo asociado del NFT es un artículo coleccionable.

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Por ejemplo, una gema es una pieza coleccionable y, por tanto, un NFT que certifica la propiedad de una gema constituye una pieza coleccionable. De manera similar, un NFT no constituye un coleccionable si el derecho o activo asociado del NFT no es un coleccionable. Por ejemplo, un derecho a usar o desarrollar una «parcela de tierra» en un entorno virtual generalmente no es un artículo coleccionable y, por lo tanto, un NFT que proporciona un derecho a usar o desarrollar la «parcela de tierra» en el entorno virtual generalmente no constituye un artículo coleccionable.

Obra de arte

La aplicación del análisis de transparencia a un NFT sobre si su derecho o activo asociado es un archivo digital plantea la pregunta de si el archivo digital constituye una «obra de arte». Según la sección 408, en tal caso, el NFT sería un artículo coleccionable. El Departamento del Tesoro y el IRS están analizando hasta qué punto un archivo digital puede constituir una «obra de arte». Cabe destacar que si llegasen a esta conclusión, la gran mayoría de los NFT se clasificarán como coleccionables y se tratarán como tales. Con una tasa impositiva máxima del 28 % para tenencias a largo plazo.

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 Comentarios solicitados

Antes de emitir la guía oficial sobre el asunto, el IRS ha solicitado comentarios públicos, que pueden ser enviados hasta el 19 de junio de 2023.

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Entre los aspectos consultados se destaca la pregunta sobre si proporciona el aviso una definición precisa de un NFT o hay otras definiciones que deberían utiliarse en futuras guías. Respecto al análisis de transparencia, las preguntas realizadas son las siguientes:

  1. a) ¿Existen instancias en las que existan preocupaciones con respecto a la aplicación del análisis y en las que un análisis alternativo pueda ser más apropiado?
  2. b) ¿Qué cargas impone el análisis?
  3. c) ¿Cómo podría aplicarse el análisis a un NFT con más de un derecho o activo asociado. Por ejemplo, si uno de los derechos o activos asociados de un NFT es un coleccionable de la sección 408, pero otro no es un coleccionable?
  4. d) ¿Cómo podría el propietario de un NFT recibir beneficios adicionales, derechos o activos (como NFT) debido a la propiedad del NFT, incluso en ausencia de un derecho contractual específico bajo el NFT?

¿Hay otros factores a considerar al determinar si un NFT es un coleccionable? ¿Qué factores podrían ser relevantes si el derecho asociado del NFT es menor que la propiedad total de un activo?. Por ejemplo, si el derecho asociado es simplemente el uso personal de un archivo digital?

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Alfredo Collosa
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